Pensión vitalicia para familiares de víctimas de covid: ya es oficial y podrá cobrarse al instante, ¿a quiénes aplica?

Este viernes, el gobierno nacional ordenó nuevas reglas pensión voluntaria establecido por la Ley 27.549 de 2020, que establece incentivos fiscales A personal médico, militar, seguridad y otros elementos considerados significativo durante la pandemia de covid-19.

La ley, aprobada a mediados del año pasado, básicamente estableció exención del impuesto sobre la renta para trabajo de horas extras, guardias de seguridad o "cualquier otro elemento que esté específicamente y adicionalmente regulado en relación con una emergencia de salud causada por covid-19" para trabajadores clave antes de 31 de diciembre del año pasado...

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Sin embargo, la medida preveía recibir una pensión vitalicia ex gratia para familiares de los mismos trabajadores que murió del virus Entre 1 de marzo de 2020 y 31 de diciembre de 2020...

Ahora a través Decreto 854/2021 publicado este viernes en Boletín oficialEl gobierno ha determinado que los beneficiarios de una pensión vitalicia Podrán comenzar a cargarlo tan pronto como comience el proceso.y no cuando finalmente se resuelve, lo que suele llevar varios meses.

Como se indica en esta medida, esta "pensión voluntaria" se pagará a sus beneficiarios. desde la fecha de procesamiento ante la Administración Nacional del Seguro Social (ANSeS) o desde la fecha de la solicitud de manera fehaciente ante cualquier organismo del Estado nacional, si esto fue antes de la entrada en vigencia de este decreto ".

Así, quienes hayan solicitado una pensión con anterioridad a esta Ordenanza y aún estén esperando la determinación del trámite también cobrarán ganancia acumulada relevante en meses previos desde el principio se solicitó la gestión.

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CUYOS TRABAJADORES SON VÁLIDOS POR PENSIÓN

Los familiares de los siguientes trabajadores clave que murieron como resultado de la pandemia entre marzo y diciembre del año pasado pueden solicitar una pensión:

  • Profesionales, técnicos, asistentes (incluso en gastronomía, limpieza y limpieza) y personal de servicio sistemas de salud públicos y privados;

  • Personal Establecimiento militar;
  • Personal Fuerzas de seguridad;
  • Personal Actividad migratoria;
  • Personal Actividades aduaneras;
  • Bomberos
  • Recolectores de basura a domicilio y recolectores de desechos patógenos que prestan servicios médicos de emergencia.

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LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA PUEDEN SOLICITAR UNA PENSIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27.549, esta pensión, que a partir de este viernes comienza a nombrar de inmediato Una vez iniciado el proceso podrán solicitarlo los siguientes familiares del trabajador principal fallecido por COVID-19:

  • Esposa sobreviviente: en caso de divorcio, esta pensión solo se aplicará si “el fallecido es responsable de deber de comida a favor del beneficiario ".

  • Compañero de cuarto sobreviviente: con quien el fallecido mantenía una alianza amistosa.
  • Hijos solteros menores de 21 años: Este límite de edad no se aplica si los niños están discapacitados o reciben comidas recetadas hasta que cumplen 25 años.
  • Dependientes fallecido en el momento de la muerte de acuerdo con las regulaciones aplicables.

TAMAÑO DE LA PENSIÓN

Según establece la Ley 27.549, la pensión graciable implica " monto mensual equivalente al doble del ingreso mínimo de jubilación", es decir $ 58,124 a diciembre de 2021 teniendo en cuenta que la pensión mínima es de $ 29.062. A este importe también debería aplicarse un “incremento de la movilidad correspondiente a la jubilación con asistencia regular”.

Por otro lado, como se indica en el decreto publicado este viernes, firmado por el presidente. Alberto Fernández, jefe de personal Juan Manzur y ministro de trabajo Claudio Moroni, cobrando pensiones para familiares de trabajadores clave que murieron durante la pandemia como resultado del virus "es incompatible con cualquier otro pago no comercial la ciudad nacional, provincial, municipal y autónoma de Buenos Aires ".

Decreto 854/2021 desde Zoe Brasiulis

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