Pensión COVID de ANSES: requisitos, monto y quiénes pueden acceder al beneficio
La semana pasada se activó el nuevo calendario de pagos correspondiente al mes de marzo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) donde se sumaron los pagos de nuevos beneficios y medidas económicas para reforzar la asistencia a quienes se encuentran en una situación vulnerable.
Entre dichas medidas se encuentra la Pensión Vitalicia, un beneficio que podrán cobrar los familiares de aquellas personas que hayan perdido la vida debido al coronavirus antes del 31 de diciembre de 2020.
Este beneficio surgió a raíz de la Ley 27.549 que fue sancionada en el Congreso de la Nación a mediados del año 2020 dirigida exclusivamente para los derechohabientes de fallecidos por COVID-19. Esta prestación será otorgada a través del organismo previsional.
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PENSIÓN VITALICIA ANSES: TODA LA INFORMACIÓN
La Pensión Vitalicia se trata de una asistencia económica que tiene por objetivo acompañar de manera directa a quienes más lo necesitan. Es importante recordar que es compatible con otros planes sociales, por lo que no se les cancelará el beneficio ya existente.
Por otro lado, su valor se rige según las jubilaciones debido a que equivale a dos jubilaciones mínimas. Esto quiere decir que todas las actualizaciones que tengan (por la Ley de Movilidad Jubilatoria) impactará en esta medida.
El Gobierno de la Nación, para que nadie tenga dudas acerca de dicha pensión, publicó varias aclaraciones con respecto a los requisitos que se solicitan para ser parte.
PENSIÓN VITALICIA ANSES: PUNTO POR PUNTO, DE QUÉ SE TRATA
- La persona debe haber fallecido por coronavirus antes del 31 de diciembre de 2020.
- Está recompensa económica se trata de un monto graciable, esto quiere decir que es para toda la vida.
- El valor del monto equivalente a dos jubilaciones mínimas.
- Es un requisito que la persona que perdió la vida haya realizado o desempeñado trabajos que fueron considerados esenciales en su momento.
PENSIÓN VITALICIA ANSES: QUIÉNES LO PUEDEN SOLICITAR
- Esposo/a conviviente
- Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años de edad
- Personas a cargo del trabajador fallecido.
PENSIÓN VITALICIA ANSES: CUÁLES ERAN LOS TRABAJOS CONSIDERADOS ESENCIALES
- Trabajadores de la salud pública y privada
- Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía,
- administrativos, etc.)
- Trabajadores de las fuerzas armadas y seguridad (tanto pública y privada)
- Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas remunerados, como los voluntarios)
- Empleados de correo
- Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios
- Trabajadores de migraciones
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