IFE 4 del Refuerzo de Ingresos: ANSES informa hoy los nuevos bonos aprobados, ¿cómo hacer la consulta?
A fines de abril, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la entrega del nuevo bono similar al IFE que se pagó durante la cuarentena en 2020, denominado "Refuerzo de Ingresos". El organismo abrió la inscripción para todos los trabajadores informales no registrados, trabajadores de casas particulares y monotributistas de las categorías más bajas (A y B).
Este 10 de mayo finaliza el plazo para quienes no pudieron ingresar los diferentes documentos necesarios o el número de CBU en el formulario de inscripción.
Además, es importante recordar que desde el día 5 de este mes el organismo previsional comenzó a rechazar o aprobar las solicitudes que recibieron por parte de millones de ciudadanos.
Por otro lado, los jubilados y pensionados también son parte de esta asistencia económica con la diferencia de que el bono tiene un valor total de $ 12.000 y lo cobrarán automáticamente.
AUH ANSES: sin IFE 4 y con bonos extras confirmados, estas son las fechas de pago
- ANSES: CÓMO SABER SI ME APROBARON LA SOLICITUD AL BONO IFE 4
- IFE 4 del Refuerzo de Ingresos: ANSES informa hoy los nuevos bonos aprobados, ¿cómo hacer la consulta?
- BONO IFE 4: ¿QUÉ HAGO SI ME APROBARON EL BONO PERO NO PUEDO IR A COBRARLO ESE DÍA?
- IFE 4 2022 ANSES: CUÁLES SON LOS REQUISITOS POR LOS QUE ME RECHAZARON EL BONO DEL REFUERZO DE INGRESOS
ANSES: CÓMO SABER SI ME APROBARON LA SOLICITUD AL BONO IFE 4
ANSES dispone de dos canales online para consultar los resultados de la evaluación socioeconómica:
1) Mi ANSES: se trata de la página web oficial del organismo a través de la cual se pueden realizar diferentes trámites burocráticos 100% online o consultar diferentes cuestiones.
"Podés ingresar a mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social para consultar si te corresponde el Refuerzo de Ingresos", detalló en su página web oficial.
2) Aplicación Mi ANSES
"A partir del 05/05, podés ingresar a Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social para consultar si te corresponde el Refuerzo de Ingresos", apuntó el organismo previsional.
IFE 4 del Refuerzo de Ingresos: ANSES informa hoy los nuevos bonos aprobados, ¿cómo hacer la consulta?
BONO IFE 4: ¿QUÉ HAGO SI ME APROBARON EL BONO PERO NO PUEDO IR A COBRARLO ESE DÍA?
ANSES publicó en su página web oficial una serie de preguntas y respuestas fundamentales para entender cómo funcionará la entrega del Refuerzo de Ingresos.
Frente a una de las dudas más frecuentes sobre el día de cobro respondieron: "No hace falta que retires tu dinero el mismo día que lo te lo depositamos. Si no podés, o no querés, o ves que hay mucha gente haciendo fila, podés ir cualquier otro día. El dinero va a quedar en tu cuenta hasta el dia que vayas a retirarlo.
Recordá que también podés usar tu tarjeta de débito para hacer compras que se irán descontando de tu saldo. Es importante que entiendas que el dinero no vuelve a ANSES ni se lo queda el banco, va a estar siempre disponible en tu cuenta para vos".
IFE 4 2022 ANSES: CUÁLES SON LOS REQUISITOS POR LOS QUE ME RECHAZARON EL BONO DEL REFUERZO DE INGRESOS
La Resolución conjunta 1 de la Secretaría de Política Economía y la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Trabajo oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, estableció las cuatro pautas generales por la cuál ANSES rechaza la solicitud de cobro al bono IFE 4 2022.
Así, no se considerarán destinatarias del Refuerzo de Ingresos de $ 18.000 a aquellas personas solicitantes que:
a. Hayan percibido una suma de ingresos en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, vigente al mes de abril de 2022;
b. Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, vigente al mes de abril de 2022;
c. Hayan efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a), y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones;
d. Sean propietarias de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.
www.cronista.com
Deja una respuesta