Desempleados reciben una buena noticia de ANSES: ¿cuánto cobran?

- ANSES: ¿a quiénes corresponde el fondo de desempleo?
- ANSES: ¿de cuánto son las cuotas del fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cuáles son los requisitos para acceder al fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cómo solicitar fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cuáles son los documentos necesarios para acceder al fondo de desempleo?
- ANSES: ¿quiénes no pueden acceder al fondo de desempleo?
El Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil, órgano dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS)
oficializó la suba del fondo de desempleo a $ 40.733 y aumentará en los siguientes meses. La prestación es liquidada por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) a trabajadores despedidos sin causa justa.
La medida fue oficializada a través de la Resolución 5/2023 publicada en el Boletín Oficial tras el aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Los titulares que reciban el Seguro de Desempleo podrán acceder al monto luego de presentar la documentación necesaria.
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- ANSES: ¿a quiénes corresponde el fondo de desempleo?
- ANSES: ¿de cuánto son las cuotas del fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cuáles son los requisitos para acceder al fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cómo solicitar fondo de desempleo?
- ANSES: ¿cuáles son los documentos necesarios para acceder al fondo de desempleo?
- ANSES: ¿quiénes no pueden acceder al fondo de desempleo?
ANSES: ¿a quiénes corresponde el fondo de desempleo?
Los empleados comprendidos en la Ley de Contratos de Trabajo (LCT) podrán cobrar el Fondo de Desempleo de la ANSES en caso sean despedidos sin una causa justa, no en caso de renuncia.
El monto a cobrar dependerá de los aportes realizados durante el tiempo de relación laboral. Aplica un tope de 12 meses y, además, se suman seis meses más a trabajadores mayores de 45 años.
ANSES: ¿de cuánto son las cuotas del fondo de desempleo?
Para definir las cuotas del fondo de desempleo de la ANSES, se aplica un tope mínimo y un tope máximo. Los límites los establece el Consejo del SMVM.
Actualmente, los topes son $ 19.299 como mínimo y $ 32.166 como máximo y aumentarán de la siguiente forma.
Mes | Monto mínimo | Monto máximo |
Abril 2023 | $ 22.316 | $ 37.194 |
Mayo 2023 | $ 23.475 | $ 39.125 |
Junio 2023 | $ 24.440 | $ 40.733 |
ANSES: ¿cuáles son los requisitos para acceder al fondo de desempleo?
Los interesados en solicitar el seguro de desempleo deberán cumplir los siguientes requisitos según su condición:
- Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
ANSES: ¿cómo solicitar fondo de desempleo?
Para poder ser beneficiario del seguro de desempleo, el trabajador deberá tramitar una solicitud dentro de los 90 días luego del despido. Pasado este periodo, se descontará un día de cobro por cada día hábil.
Para realizarlo, deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a Mi Anses dentro de la página oficial del organismo.
- Ingresar el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
- Subir la documentación necesaria y solicitada.
- Luego se debe sacar un turno online y dirigirse a la oficina de ANSES con los documentos adecuados.
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ANSES: ¿cuáles son los documentos necesarios para acceder al fondo de desempleo?
Los trabajadores que deseen acceder a la prestación deberán contar con la siguiente documentación:
- DNI (original y copia)
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
ANSES: ¿quiénes no pueden acceder al fondo de desempleo?
- Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Quienes sean beneficiarios de Programa jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia -Ex Combatientes del Atlántico Sur, Ley N° 23.848.)
- Quienes se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Quienes hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
- Quienes pertenezcan a los regímenes de: servicio doméstico, administración pública nacional, provincial y municipal, establecimientos privados de enseñanza (Ley Nº 13.047), personal docente de la educación superior de instituciones universitarias privadas reguladas de conformidad con la Ley N° 24.521.
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