ANSES anunció bonos extraordinarios para jubilados y pensionados: cuándo cobro
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pagará dos extras a jubilados y pensionados por el aumento en el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
"Cuando se determinó el SMVM este mes ya estaba avanzado el calendario de pagos, así que en agosto van a cobrar julio y agosto juntos", explicaron desde el organismo previsional a El Cronista.
ANSES paga bonos extraordinarios a jubilados y pensionados: cuándo cobro
Los beneficiarios accederán a un total cercano a los $ 37.000 dividido en dos pagos: julio y agosto. El primer cobro es de $ 15.548 (julio) y el segundo $ 21.288 (agosto). Los dos grupos recibirán el pago según terminación del DNI.
Pensionados
- DNI terminados en 0 y 1: martes 1 de agosto
- DNI terminados en 2 y 3: miércoles 2 de agosto
- DNI terminados en 4 y 5: jueves 3 de agosto
- DNI terminados en 6 y 7: viernes 4 de agosto
- DNI terminados en 8 y 9: lunes 7 de agosto
Jubilados
- DNI terminados en 0: martes 8 de agosto
- DNI terminados en 1: miércoles 9 de agosto
- DNI terminados en 2: jueves 10 de agosto
- DNI terminados en 3: viernes 11 de agosto
- DNI terminados en 4: lunes 14 de agosto
- DNI terminados en 5: martes 15 de agosto
- DNI terminados en 6: miércoles 16 de agosto
- DNI terminados en 7: jueves 17 de agosto
- DNI terminados en 8: viernes 18 de agosto
- FIN DE SEMANA LARGO
- DNI terminados en 9: martes 22 de agosto
Extra para Pensionados y Jubilados ANSES: quiénes recibirán el adicional por la actualización del SMVM
Según el artículo 125 bis agregado a la Ley 24.241 del Sistema Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, el Estado nacional paga el 82% móvil del salario mínimo a todos "los beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta (30) años o más de servicios con aportes efectivos".
"La presente garantía no resulta aplicable a los beneficiarios que hubiesen accedido a la Prestación Básica Universal por aplicación de la ley 24.476 modificada por el decreto 1454 del 25 de noviembre de 2005, por el artículo 6º de la ley 25.994 o por la ley 26.970, todas ellas con las modificaciones introducidas por los artículos 20 a 22 de la ley 27.260", remarca la norma.
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