Tarjeta Alimentar Comunidad: quiénes y cómo pueden acceder a este nuevo beneficio

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Desde el pasado 18 de agosto el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación (MDS) resolvió por medio de la Resolución 17640/2023 presentar su nuevo Programa de Alimentar Comunidad por medio de la nueva Tarjeta Alimentar Comunidad la cual hace parte del Proyecto de Abordaje Comunitario en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA).

Uno de los objetivos principales del Programa Alimentar Comunidad, según reza el anexo 1 de dicho comunicado, es el de brindarle a la población más vulnerable "la adquisición, distribución, calidad nutricional y trazabilidad de la entrega de alimentos, elementos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios", por medio de organizaciones sociales y comunitarias con comedores y merenderos.

Ministra Victoria Tolosa Paz. Fuente: Archivo.

"El programa realizará un acompañamiento a las organizaciones que asisten a población vulnerable en el territorio nacional".

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Índice
  1. "El programa realizará un acompañamiento a las organizaciones que asisten a población vulnerable en el territorio nacional".
  • Quienes pueden acceder al Programa Alimentar Comunidad
  • Documentación obligatoria para la acceder al Programa Alimentar Comunidad
  • Asignaciones Familiares ANSES: categoría por categoría, ¿cómo quedó el cuadro SUAF con los aumentos de septiembre 2023?
  • Trámite para la organización que no tenga personería jurídica
  • Suma Fija, Jubilados y AUH ANSES: Sergio Massa anuncia hoy el refuerzo para trabajadores y haberes previsionales
  • Tarjeta Alimentar: Sergio Massa anticipó un nuevo aumento, ¿cuándo se dará el anuncio?
  • Quienes pueden acceder al Programa Alimentar Comunidad

    El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación explicó que el Programa Alimentar Comunidad aplica para todo el territorio nacional y pueden acceder a él: "Instituciones que brindan asistencia alimentaria, ya sean en la modalidad de entrega de viandas y/o para consumir en el lugar, que operen al menos 4 días a la semana y entregue al menos 200 raciones semanales".

    Dentro de las instituciones que plantea el Gobierno nacional que pueden aspirar a la ayuda, están: merenderos y comedores que cumplan con la asistencia social explicada arriba. " El Programa incorporará 50 comedores y merenderos, de los cuales 40 de ellos deberán brindar asistencia al menos 3 veces a la semana, a razón de 150 raciones semanales".

    Nueva Tarjeta Alimentar Comunidad. Fuente: Archivo.

    En esta primera fase del Programa Alimentar Comunidad impulsado por la ministra Victoria Tolosa Paz, podrán participar "comedores de al menos dos regiones del país qué constaten tener personería jurídica".

    Documentación obligatoria para la acceder al Programa Alimentar Comunidad

    Sí la organización, institución, comedor o merendero cuenta con personería jurídica y fue seleccionada para acceder al plan Programa Alimentar Comunidad, deberá presentar estos documentos para continuar en el proceso del ingreso al programa de la Tarjeta Alimentar Comunidad.

    1. Constancia de inscripción en AFIP de la entidad.

    2. Solicitud de inclusión al Programa suscripta por la máxima autoridad de la entidad solicitante.

    3. Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo subsidios en el marco del Programa de Abordaje Comunitario.

    4. Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.

    5. Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.

    6. Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.

    7. Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.

    8. Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.

    Trámite para la organización que no tenga personería jurídica

    Para las organizaciones sociales que no tengan personería jurídica y estén cromadas de hecho deberán tener en cuenta estos 7 requisitos exigidos por el Proyecto de Abordaje Comunitario en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria.

    1. Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante,según modelo presente en Anexo II, y Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

    2. Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).

    3. Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria.

    Nueva Tarjeta Alimentar Comunidad. Fuente: Archivo.

    4. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.

    5. Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.

    6. DOS (2) documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.

    7. Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.

    Cambia la Tarjeta Alimentar: cuáles son los requisitos para acceder ahora

    El MDS llegó a un acuerdo con el BNA para el desembolso de este beneficio por medio de tarjeta física o billetera virtual. "La tarjeta física o la billetera virtual BNA+ estará limitada al uso en comercios pertenecientes al rubro alimenticio, que estén adheridos a la plataforma Mastercard en el caso de la tarjeta física y a la plataforma Visa en el caso de la tarjeta virtual".

    La nueva Tarjeta de Alimentar Comunidad, según afirmó el ministerio de Desarrollo Social, "No permitirá la extracción de dinero en efectivo".


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