Jubilados ANSES: a la par del aumento de julio, el Gobierno define el pago de un nuevo Plus extraordinario
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aguarda por la próxima resolución que adopte el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil a fin de establecer el pago de un Plus extraordinario para jubilados y pensionados.
La suma que tuvo su última edición en mayo estará dada por el eventual diferencial resultante entre el haber mínimo (desde julio ascenderá a $ 215.622,21) y el 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) pendiente de actualizarse.
¿A quiénes pagará ANSES el Plus extraordinario?
De activarse, el Plus extraordinario para jubilados y pensionados ANSES se liquidará en aquellos titulares que cumplan con las disposiciones condicionantes detalladas en el artículo 5° de la Ley 27.426:
- Beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta (30) años o más de servicios con aportes efectivos.
¿Cómo se calculará el Plus extraordinario para jubilados y pensionados ANSES?
El artículo 5° de la Ley 27.426 prevé a los beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta (30) años o más de servicios con aportes efectivos, el pago de un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, instituido por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias vigente en cada período.
Al sexto mes del año, esta pauta no se encuentro activa ya que el diferencial resulta por encima de las condiciones reglamentarias. Sin embargo, desde julio entrará en vigencia una tercera actualización del SMVM que, de ser mayo al 13%, podría dar paso a su liquidación.
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