Quiénes pueden acceder a un crédito de hasta $ 30 millones a pagar en cinco años
Un banco ofrece préstamos personales de hasta 30 millones de pesos y a pagar en un plazo de cinco años para un grupo de personas que cumplen ciertos requisitos.
Se trata del Banco Ciudad, cuya línea de préstamos personales tiene fijado un monto máximo de 20 millones, una cifra que aumenta cuando los beneficiarios forman parte del Poder Judicial Nacional o son pensionados de la ANSES provincial y municipal .
El dinero se puede devolver en un plazo de hasta 72 meses en cuotas fijas mensuales, con el sistema de amortización francés.
Los créditos tienen una tasa nominal anual (TNA) diferencial, dependiendo de si se abona en un período de 12 a 36 meses (66%), o de 48 a 72 meses (78%).
Quiénes pueden acceder a un crédito del Banco Ciudad de hasta $ 30 millones
- Empleados/as del Poder Judicial Nacional.
- Pensionados/as de la ANSES provincial y municipal.
Créditos de $ 30 millones del Banco Ciudad: cuáles son los requisitos
- Presentar D.N.I. - L.C. o L.E.
- No registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco.
- No registrar deuda alimentaria.
- En caso de poseer vivienda adjuntar documentación respaldatoria.
- Los ingresos mínimos para poder aplicar son dos salarios mínimos, vitales y móviles
- El importe de la cuota no debe superar el 40% del haber mensual.
- Para concretar la solicitud solo se pueden presentar ingresos personales, ya sea el salario o la jubilación.
Créditos del Banco Ciudad: cómo pedirlo, cómo se pagan las cuotas y a partir de cuándo se puede cancelar
El préstamo se puede solicitar online a través del home banking de la entidad. Para ello, es necesario dejar los datos personales para que un asesor del banco se comunique y así continuar el trámite.
El cobro de las cuotas puede ser de venta presencial con instrumento o de venta remota sin instrumento. En este último caso, la cuota del segmento jubilados vence el día que percibe el beneficio.
Además, los préstamos se pueden cancelar antes del plazo máximo fijado de forma parcial o total. Para ello se debe abonar la comisión vigente al momento de realizar la cancelación, que es del 4% sobre el monto del saldo a cancelar.
Dicha condición no se aplica si transcurrió al menos la cuarta parte del plazo original del préstamo o 180 días corridos desde su otorgamiento, de ambos plazos el mayor, informa la entidad en su página web.
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