ANSES | El bono extra de $ 286.000 que podrán cobrar todos los que cumplan con la condición máxima

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece que los beneficiarios que cumplan con las condiciones determinadas podrán cobrar la Prestación por Desempleo

Además, las autoridades previsionales determinaron un aumento en próximo cobro del beneficio, debido a la actualización del Salario, Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). 

Índice
  1. Prestación por Desempleo: ¿cuánto se puede cobrar en enero 2025?
    1. El monto puede variar de acuerdo con la cantidad de meses que los titulares hayan aportado.
  2. ¿Cuáles son los requisitos para cobrar Prestación por Desempleo?
  3. Prestación por Desempleo ANSES: cuándo cobro

Prestación por Desempleo: ¿cuánto se puede cobrar en enero 2025?

La ayuda previsional tiene el objetivo de beneficiar a los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justificada o estén en situación de desempleo.

Los titulares cobrarán dependiendo del salario previo y los aportes que realizaron. El mínimo corresponde a el 50% del SMVM y el máximo al 100% que se estableció en $ 286.711.

El monto puede variar de acuerdo con la cantidad de meses que los titulares hayan aportado.

Los titulares cobrarán de acuerdo con la cantidad de aportes realizados,

¿Cuáles son los requisitos para cobrar Prestación por Desempleo?

Es fundamental cumplir con la condición máxima, que es hacer la gestión en los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral según el tipo de régimen:

Los trabajadores permanentes deberán contar al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años. Por su parte, los trabajadores eventuales y de temporada deben haber trabajado al menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año.

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Prestación por Desempleo ANSES: cuándo cobro

Los beneficiarios de la prestación podrán cobrar de acuerdo con la finalización del DNI, según el calendario de pagos establecido. El mismo se determinó de la siguiente manera. 

  • Documentos terminados en 0 y 1: 22 de enero
  • Documentos terminados en 2 y 3: 23 de enero
  • Documentos terminados en 4 y 5: 24 de enero
  • Documentos terminados en 6 y 7: 27 de enero
  • Documentos terminados en 8 y 9: 28 de enero

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