Maternidad

Todas las trabajadoras tienen derecho y la obligación a la licencia por maternidad por 90 días corridos. Si quieres saber de qué se trata, cómo puedes acceder a este beneficio, cuáles son los requisitos, continúa leyendo, te contaremos todo lo que necesitas saber al respecto.

La licencia por maternidad puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto. O bien 30 días antes y 60 días después de la fecha probable de parto. En cualquiera de los casos, si el parto se adelanta se tienen que cumplir los 90 días.

Si a tu bebé le diagnosticaron Síndrome de Down entonces la licencia por maternidad se extiende por seis meses más. Es necesario que luego del nacimiento de tu hijo/a presentes el certificado médico antes de los 15 días que finalicen los 90 días por Maternidad.

Índice
  1. ¿Qué es la licencia por maternidad de ANSES?
  2. ¿Cómo solicitar la licencia por maternidad?
  3. ¿Quién paga la licencia por maternidad?
  4. ¿Qué es la maternidad subrogada?
  5. ¿Cuándo cobro la licencia por maternidad?
  6. ¿Cómo se liquida la licencia por maternidad?

¿Qué es la licencia por maternidad de ANSES?

La licencia por maternidad es el beneficio que reciben todas las trabajadoras registradas en reemplazo de su sueldo durante los 90 días que dura dicha licencia.

Incluye a las madres que estén trabajando bajo relación de dependencia, empleadas domésticas registradas, y a personas que estén cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART). Además, se debe contar con una serie de requisitos:

  • Contar con más de 3 meses de antigüedad en el momento de comenzar la licencia por maternidad.
  • En el caso de las trabajadoras de temporada deben estar trabajando en el momento de iniciar su licencia.
  • Tener 12 semanas de gestación como mínimo.
  • Certificado con el diagnóstico de tu hijo con Síndrome de Down en caso de corresponder.

¿Cómo solicitar la licencia por maternidad?

Antes de comenzar a gestionar la licencia por maternidad debes acreditar todos tus datos personales desde MI ANSES y verificar que estén actualizados. Si es necesario, podrás modificarlos desde allí.

  1. Solicitar turno

    Para solicitar la licencia por maternidad debes presentarte personalmente en una oficina de ANSES con turno previo. Puedes sacarlo llamando por teléfono al 130 de lunes a viernes de 8 a 20 horas.
    También es posible hacerlo desde la página web ingresando aquí. Selecciona Asignaciones Familiares. Finalmente, es posible solicitar un turno desde la app para móviles.turno web maternidad

  2. Documentación a presentar: empleadas bajo relación de dependencia

    Formulario PS 2.55 Declaración Jurada novedades unificadas de SUAF completo por el empleador y por el médico o licenciado en obstetricia.
    • Original y fotocopia del DNI (frente y dorso)formulario ps 2.55 maternidad

  3. Documentación a presentar: empleadas del servicio doméstico

    Formulario PS 2.75 Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico completo con tu empleador y el médico o licenciado en obstetricia.
    • Constancia de Alta de Personal de Casas Particulares de AFIP (puedes descargarlo ingresando tu CUIL)
    Formulario AFIP F.102/RT Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares Aportes y Contribuciones.
    • Recibo de suelo por cada uno de los empleos que tengas registrados.
    • Original y fotocopia de DNI (frente y dorso)formulario ps 2.75 maternidad

  4. Atención virtual

    Con el nuevo sistema de ANSES ahora es posible cargar todos los formularios desde la Oficina Virtual con tu número de CUIL y clave de seguridad social. Luego, selecciona Asignación por Maternidad > Continuar.solicitar asignacion por maternidad

  5. Como completar con mis datos

    Selecciona el tipo de Asignación por Maternidad entre las opciones disponibles tal y como lo muestra la imagen.atencion virtual maternidad

  6. Presentar la documentación online

    Una vez completo todos los campos podrás escanear toda la documentación solicitada. Recuerda que la imagen que subas debe ser clara y nítida.subir documentos maternidad

¿Quién paga la licencia por maternidad?

Durante la licencia por maternidad ANSES es la entidad encargada de abonar la prestación a la trabajadora. El monto que percibe mensualmente es el equivalente a su sueldo habitual.

Sin embargo, debes tener presente que es el empleador el que debe abonarte el sueldo hasta tanto se haga efectiva la licencia por maternidad de ANSES. Es por ello que siempre recomendamos comenzar a tramitarlo con anticipación para evitar imprevistos.

Es tu obligación como trabajadora informar a tu empleador el embarazo y presentar el certificado médico con la fecha probable de parto a partir de la semana 12 de gestación. Cuando lo hagas, debes solicitar la licencia e informarle si decidiste tomar 45 o 30 días antes de la fecha probable de parto.

Todas las trabajadoras tienen la obligación de presentar toda la documentación correspondiente que certifique el embarazo y la fecha probable de parto en ANSES.

¿Qué es la maternidad subrogada?

La maternidad subrogada, también conocida como vientre de alquiler o gestación por sustitución, sucede cuando una mujer decide llevar a cabo en su vientre y dar a luz un bebé de otra persona.

La maternidad subrogada se realiza mediante un contrato entre la mujer que presta su vientre y los futuros progenitores. El bebé pertenece genética y legalmente a sus padres, no a la madre que presta el vientre.

maternidad subrogada

Existen diferentes técnicas que se realizan previamente. La más conocida es la fecundación in vitro o fecundación artificial, fuera del cuerpo de la madre. En el proceso, se realiza la unión del espermatozoide y el ovario.

Una vez que se haya fecundado el ovario (preembrión), es introducido al cuerpo de la madre para que comience la gestación.

Otra de las técnicas más conocidas y utilizadas es la inseminación artificial. En este caso, se introduce en el cuerpo de la futura madre los espermatozoides del padre de manera no natural.

Las embarazadas que se alquilen su vientre para una maternidad subrogada tienen los mismos derechos que las trabajadoras.  

¿Cuándo cobro la licencia por maternidad?

La licencia por maternidad comienza a cobrarse cuando hayas dejado de trabajar. Es decir, 30 o 45 días antes de la fecha probable de parto. Finaliza a los 90 días, cuando comienzas a trabajar nuevamente.

Con respecto a las fechas en las que percibes el beneficio mensual es la misma que cuando se abonan las asignaciones familiares. Para consultar el calendario de pagos puedes ingresar a la página web de ANSES y consultar con tu número de CUIL y la clave de seguridad que figura en la imagen.

¿Cómo se liquida la licencia por maternidad?

La licencia por maternidad se liquida por el mismo medio de cobro por el que recibís la Asignación Familiar por Hijo. Para agregar o modificar el medio de cobro debes presentar además el Formulario PS.2.72 y adjuntar la constancia de CBU del banco.

formulario ps 2.72

El monto de la Asignación por Maternidad es el mismo de tu sueldo en bruto, sin descuentos. Hasta que la prestación de ANSES se haga efectiva, el empleador debe continuar abonando el sueldo de la trabajadora tal y como lo hacía normalmente.

Subir

Éste sitio utiliza cookies para optimizar la experiencia de navegación. Más info...